MUY IMPORTANTE
SE RECUERDA QUE LOS/LAS JUGADORES SANCIONADOS NO PUEDEN EXPECTAR
EN NINGÚN PARTIDO DE NUESTRA LIGA DE SER ASI SERAN SANCIONADOS AUTOMÁTICAMENTE.
ARTICULO 14º ( CODIGO PENAS CABB ):
La SUSPENSION se aplica a determinadas categorías de Entidades
y a las Personas, causando los siguientes efectos:
a) A Personas:
1) Impide el desempeño de cualquier cargo o función y para espectar e
intervenir en partidos oficiales y amistosos, según el caso y jurisdicción.
b) A Entidades:
1) Impide a la categoría la disputa de partidos oficiales o amistosos.
2) Pérdida de todos los puntos que le hubiere correspondido disputar
durante el período de suspensión a la categoría sancionada.